— Jacinto González Varona recurre ante la Sala Regional del TEPJF para exigir que se revoque la sentencia del 25 de agosto
— Niega que haya incurrido en agravios en contra de la diputada local del PRI, Gabriela Bernal Reséndiz
— Las críticas, dijo que son producto del debate político, en contra de la forma en que el PRI integró su formula de senadores en 2018
Rogelio Agustín
El dirigente estatal de MORENA, Jacinto González Varona presentó un Juicio de Protección de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano para impugnar la sanción impuesta por el Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGro), a partir de la presunta comisión de Violencia Política en Razón de Género (VPRG) en contra de la diputada local del PRI, Gabriela Bernal Reséndiz.
El diputado local y presidente del Comité Ejecutivo Estatal (CEE) de MORENA recurrió a la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para tratar de echar abajo la sentencia del TEEgro, que lo sanciona con el pago de una multa de 15 mil pesos, el ofrecimiento de una disculpa pública, tomar dos cursos en materia de VPRG y permanecer un año con cuatro meses en la relación de personas sancionadas por VPRG.
Dicha sentencia fue aprobada por unanimidad en el Tribunal Electoral de Guerrero, teniendo como ponente a la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, la misma ponente en el caso del también diputado de MORENA Alfredo Sánchez Esquivel, que también están sancionado por la misma causa, aunque los agravios que se le imputan fueron cometidos en contra de Yoloczin Domínguez Serna, actual presidenta de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) del Congreso de Guerrero.
Entre los argumentos del diputado González Varona, refiere que el originen de la denuncia presentada en su contra, consiste en los comentarios hechos al seno de una reunión privada con mujeres militantes de MORENA, el día 13 de abril, en el marco del Día de la Mujer.
Indica que la actividad en mención fue una capacitación de carácter interno y cerrada solo para militantes de MORENA, a la que sólo acudieron 15 personas.
Recordó que la anécdota citada en la que menciona a la diputada Bernal Reséndiz, a quien señala que fue utilizada como rostro de una campaña de proselitismo para captar votos que finalmente favorecieron a un hombre, que actualmente ocupa un escaño en el Senado de la República, está en el contexto de una intervención realizada en el pleno del Congreso local.
En todo caso, refiere que la crítica estuvo dirigida al PRI y la forma en que registró a sus candidato al Senado en 2018, ya que generó las condiciones para que Manuel Añorve Baños accediera al Senado, pero se utilizó a la hoy diputada Bernal para allegarle votos.
En consecuencia, asegura que no se hizo alusión a la diputada Bernal Reséndiz por su condición de mujer, si no que se centró en el cuestionamiento hacia la forma en que se comportó el PRI en el proceso electoral de referencia.
Asegura que en lo expuesto en la reunión del 13 de abril, no existe menosprecio a la trayectoria política o de género de la denunciante.
«Únicamente me he limitado a expresar una opinión respecto a la forma en que el PRI estableció una fórmula de candidatos a senadores en el pasado proceso electoral federal», sostiene González Varona en su impugnación.
Reconoce que utilizó calificativos «que si bien pudieron ser incómodos para algunas personas, no tuvieron ni pretendieron emitirse porque la denunciante fuera mujer, o por crear estereotipo de género, sino que derivó como parte del debate político de las cosas públicas en la entidad».
Asegura que sus expresiones se encuentran al amparo de la libertad de expresión, al no referirse a Bernal Reséndiz por su condición de mujer, sino que expresó una crítica en su calidad de representante popular, derivada de un posicionamiento ante el tema de la violencia.
También sostiene que al ser ambos actores del caso diputados locales, no existe una condición de subordinación por parte de la diputada Bernal Reséndiz hacia González Varona, pues la relación que tienen en el Congreso es de pares, a pesar de que González tiene la dualidad de ser tambien dirigente del partido en el gobierno y del que tiene la mayor cantidad de representantes en el Poder Legislativo.
Agrega que en todo caso, lo que pretendió hacer ver en su argumentación del 13 de abril, es que en el PRI hubo un procedimiento injusto para integrar su fórmula de senadores, ya que terminó afectando a las mujeres.
Sostiene: «Mis expresiones forman parte del discurso de dirigente de un partido político nacional con representación estatal, está acorde con las funciones institucionales de las libertades de expresión e información, que tienen como objeto social la formación de una opinión pública que tendrá elementos para valorar, juzgar las ideas expresadas respecto a sus representantes populares, de las estrategias que se utilizan en el desarrollo de las etapas de selección de candidaturas, de sus roles de campañas y sus resultados electorales y de los principios de una democracia representativa y de los quehaceres de interés social.
Sus declaraciones, aseguró que «por incómodas que parezcan, están hechas dentro del debate público y deben ser protegidas por los órganos del Estado, pues su conocimiento son la base de una sociedad informada, crítica y responsable».
Tras la prolongada exposición, Jacinto González Varona pide a la Cuarta Sala del TEPJF, que se ordene al TEEGRo realizar nuevamente in estudio de la sanción, sin el ánimo de dañar los derechos político electorales de la denunciante en el juicio de origen.
Pide la revocación de la sentencia emitida el pasado 25 de agosto por el pleno del TEEGRo en el momento procesal oportuno.