Rosario García Orozco
Chilpancingo, Gro., 15 de junio del 2023.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero confirmó que si existió violencia política en razón de género, cometida contra Natividad Guadarrama Reyez, Regidora del Ayuntamiento de Coyuca de Benítez.
En lo que respecta al proyecto TEE/PES/003/2023, presentado por la Magistrada Hilda Rosa Delgado Brito y aprobado por unanimidad de votos, se determinó que sí se acreditó que se cometieron en contra de la denunciante diversos actos y omisiones que le obstruyeron el ejercicio de su cargo como regidora del ayuntamiento, así como expresiones que fueron calificadas como violencia verbal, simbólica, económica y psicológica.
Los actos de violencia política en razón de género, fueron cometidos por Ossiel Pacheco Salas, Víctor Hugo Catalán Díaz, Silvia Talavera Organes, Romana Leonardo Apolonio, Yamireth Stephany Hernández Mazón, Esther Inés Ríos Soberanis, Brenda Berenice Batáz Pita y Jesús Antonio Zapata Castro; quienes ostentan los cargos de Presidente Municipal, Secretario de Bienestar Social, Secretaria General, Síndica Procuradora, comisionada en la Coordinación del Gabinete, Secretaria de Administración y Finanzas, Oficial Mayor y, Director de Recursos Materiales, respectivamente, de ese ayuntamiento.
De acuerdo con la investigación realizada por la autoridad instructora, se concluyó que, el Presidente Municipal, omitió dar respuesta a las peticiones de la denunciante, sobre las condiciones en que recibió la administración en el tema de finanzas, nómina de empleados, parque vehicular, mobiliario, laudos laborales, y el monto del presupuesto del último trimestre del ejercicio fiscal del año 2021; así como la información relacionada con el desistimiento de la demanda laboral instaurada por la Secretaría de Servicios Públicos.
El dictamen señala que el anterior Secretario General, actualmente en funciones de Secretario de Bienestar, incurrió en la omisión de proporcionar la información que solicitó la denunciante sobre el desistimiento del juicio laboral promovido por la Secretaría de Servicios Públicos, diversas actas de cabildo de los meses de septiembre y octubre del 2021; así como copia del reglamento interno del Ayuntamiento.
Se expresa que la denunciante fue agredida verbalmente mediante expresiones que la denostaron y minimizaron con el ánimo de no atender sus propuestas, las cuales fueron calificadas como tonterías o demagogia con la finalidad de inhibirla y desacreditarla, ante los demás miembros del cabildo y ciudadanía.
Además, el Presidente municipal y la Síndica, así como la ex Directora Jurídica, se negaron a proporcionar la información que les fue solicitada por la denunciante, evadiendo su responsabilidad sin sustento legal, afectando el derecho político electoral de la peticionaria para el efecto de ejercer sus atribuciones previstas por la ley.
En tanto que la Secretaria de Administración y Finanzas del mismo ayuntamiento, sin razón alguna, suspendió el pago por concepto de fondo de trabajo y un reembolso, a partir del mes de mayo de 2022; asimismo, la Oficial Mayor y el Director de Recursos Materiales omitieron otorgar material de oficina y dar de alta al personal solicitado por la denunciante, lo que evidencia la obstrucción de las actividades de la regidora denunciante y de la Comisión que preside al interior del Ayuntamiento.
Por esa razón, los magistrados del TEE determinaron imponer a Ossiel Pacheco Salas, Presidente Municipal, una multa de cien (100) veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente a la cantidad de 10 mil 374 pesos al haberse calificado la conducta como grave ordinaria.
Mientras que a Romana Leonardo Apolonio, Víctor Hugo Catalán Díaz, Silvia Talavera Organes, Yamireth Stephany Hernández Mazón, Esther Ríos Soberanis, Brenda Berenice Bataz Pita y Jesús Antonio Zapata Castro; una amonestación, al haberse calificado su conducta infractora como leve.