— El diputado local por el PT, Pánfilo Sánchez Almazán propone iniciativa para sancionar la simulación y el fraude, que suelen cometerse para llegar a espacios de representación popular
— Quienes incurran, podrian quedar imposibilitados para contender hasta en dos procesos electorales consecutivos
Interacción
El diputado local por el Partido del Trabajo (PT), Pánfilo Sánchez Almazán presentó una iniciativa de ley encaminada a garantizar la representación auténtica de los pueblos indígenas y afromexicanos en los espacios de poder, lo que implica sancionar a quienes cometan la usurpación.
Sánchez Almazán es representante del Distrito 26, correspondiente a la región Montaña, originario de Temalacatzingo, municipio de Olinalá.
Este martes 2 de junio presentó una iniciativa de reforma a la Ley Número 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, con el objetivo de sancionar de manera efectiva la simulación, usurpación y fraude en el uso indebido de la autoadscripción indígena y afromexicana para acceder a cargos de elección popular.
La iniciativa busca adicionar los artículos 272 Septies, 272 Octies y 272 Nonies, estableciendo un marco normativo claro y eficaz que impida el aprovechamiento ilegítimo de las acciones afirmativas destinadas a corregir desigualdades históricas.
“Las acciones afirmativas no son dádivas, son medidas de corrección frente a siglos de exclusión. No podemos permitir que sean utilizadas por personas que no pertenecen a nuestras comunidades y que las falsifican para obtener ventajas políticas”, expresó en tribuna
Tres ejes fundamentales de la iniciativa:
Artículo 272 Septies: Sanciona con inhabilitación de hasta dos procesos electorales a quienes falseen su adscripción indígena o afromexicana. Establece criterios objetivos como la residencia mínima de dos años en la comunidad, participación activa y reconocimiento por alguna autoridad tradicional.
Artículo 272 Octies: Impone responsabilidades a los partidos políticos que registren candidaturas sin verificar la adscripción calificada, incluyendo multas y, en casos reincidentes, pérdida de prerrogativas.
Artículo 272 Nonies: Otorga facultades al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPC-Gro) para verificar la autenticidad del vínculo comunitario con base en testimonios, actas y constancias válidas.
Sánchez Almazán destacó que esta reforma se alinea con el artículo 2º constitucional, los principios de igualdad y no discriminación, así como con instrumentos internacionales como el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
“Está en juego la legitimidad de nuestro sistema democrático. Debemos honrar la diversidad de Guerrero y defender con firmeza los derechos de quienes históricamente han sido excluidos”, puntualizó.
Consideró que con esta propuesta, el Congreso de Guerrero daría un paso hacia una legislación más justa, incluyente y respetuosa de la identidad y la representación auténtica de los pueblos originarios y afromexicanos del estado.