Contra la civilización y contra la humanidad

En esta etapa de la historia de la humanidad, no existe duda de que los valores humanos, sociales personales, de la familia y los valores patrios sufren una gran mengua. Es a nivel mundial que se observa esta involución de la sociedad. Particularmente en nuestro país a 30 años de que inició el modelo actual de política económica basado en el enriquecimiento de unos pocos a costa del empobrecimiento de millones de mexicanos, no se observa sino un endurecimiento de este sistema de capitalismo salvaje. Surgió con el tema de la ingobernabilidad y como consecuencia, la centralidad de los ajustes fiscales en el modelo neoliberal.
Este neoliberalismo precoz estaba contenido en las propuestas de la Comisión Trilateral, compuesta por Samuel Huntington, Michel Crozier y Joji Watanuki, (The Crisis of Democracy, New York, New York University Press, 1975), cuando proponen una democracia restringida. El Estado se volvería incapaz de atender las demandas de los distintos sectores de la sociedad que, actuando en democracia, haría sobrecargar sobre las finanzas públicas, la atención de derechos que ya no era posible satisfacer.
Cuando esperábamos que la sociedad evolucionaría en términos de mayor apertura democrática, nuevos espacios de entendimiento entre los diversos sectores sociales, de incrementos de oportunidades laborales, sociales y comunitarias, lo que encontramos es que con la ley en la mano se van cerrando esos espacios y esas oportunidades y al mismo tiempo se va endureciendo sistemas que tiene como objetivo la acumulación de grandes masas de capital en pocas manos.
Al tal punto hemos llegado, que lo único que se puede esperar, es que vaya avanzando este sistema con el peligro de que puede provocar un fuerte estallido social. En los países europeos que conocemos como países desarrollados, existen importantes avances que se lograron previamente al inicio del actual sistema. La defensa de los ciudadanos en esos países, corre a cargo de su nivel educativo; de sus medios de información social y de las leyes que de una u otra forma se hacen respetar. Sin embargo, en los países latinoamericanos, nos encontramos atados al sistema ya que no contamos con recursos liberadores o paliativos de las embestidas de este salvaje capitalismo trasnacional.
Es así, que en nuestro país México, hemos llegado después de las llamadas reformas estructurales, a la imposición de una partidocracia en grado sumo cómplice, ya que no podemos decir que es una partidocracia que gobierne o conduzca a este país hacia objetivos claros que beneficien a la gran mayoría de los mexicanos.
Sí conducen al país, sí tienen claros sus objetivos, pero se someten sin chistar a los designios de las grandes empresas y consorcios internacionales, que se han sobrepuesto a los intereses de una patria que tiene historia de lucha, de reivindicaciones sociales, de aspiraciones democráticas y una gran cultura; una patria que anhela la felicidad de las familias, de los individuos y de la sociedad en su conjunto.
Si revisamos, por ejemplo, la política exterior, vamos en continuo retroceso y la imagen de un México que se había ganado el respeto, la consideración y la amistad de cientos de países, actualmente es una imagen deteriorada, sin respecto ni capacidad de decisión en los grandes foros.
Es en este contexto que aparece La ley de seguridad interior que se ha definido como un marco jurídico para la actuación de las fuerzas armadas en tareas de combate a la delincuencia. El presidente Peña ha declarado que: “la actuación del Ejército y la Armada en apoyo a la seguridad local se sustenta en su lealtad, su disciplina y su apego a los valores y principios militares’’.
“Hace falta un marco jurídico adecuado que regule la actuación de soldados, pilotos y marinos en tareas de seguridad pública’’ y para ello se requiere una ley por la cual “con absoluta claridad’’ se definan los medios y alcances del respaldo solidario que hoy proporcionan las fuerzas armadas en diversos estados y municipios. Aquellas, “al momento de servir a México’’, actúan con absoluta entrega y lealtad, pero “los retos de la seguridad pública exigen objetividad en el diagnóstico’’.
 “La violencia y la delincuencia se pueden frenar; no tengo duda que estos resultados reflejan la buena coordinación entre autoridades federales y locales, el fortalecimiento y la dignificación de las policías locales, la activa participación de la sociedad civil’’.
Esta nueva realidad no puede pasar por alto las experiencias de países que han vivido bajo la dictadura militar y los crímenes cometidos por agentes estatales y grupos vinculados orgánica o funcionalmente a las estructuras estatales, antes y durante su vigencia.
Por el mismo hecho de cometerlos, estos se constituyen en crímenes contra la humanidad. Veamos algunos ejemplos:
Entre 1976 y 1983 en Argentina se perpetraron una serie de actos, enmarcados en un plan común con fines delictivos, consistentes en exterminio, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzosas, torturas, persecución basada en motivos e ideas políticos y sindicales, y detenciones ilegales o arbitrarias.
En tal calificación quedan incluidos los crímenes cometidos por agentes estatales y grupos vinculados orgánica o funcionalmente a las estructuras estatales con anterioridad al golpe de estado de 1976, cual es el caso de las organizaciones Triple AAA, Comandos Libertadores de América y otros.
Tales actos contra la población civil reúnen los elementos del tipo de crímenes contra la humanidad tal cual ha sido configurado éste por el derecho y la jurisprudencia internacionales, esencialmente como consecuencia de su carácter sistemático y generalizado.
Los crímenes contra la Humanidad incluyen: atrocidades y ofensas incluyendo, pero no limitadas a, el asesinato, exterminio, esclavitud, deportación, encarcelamiento, tortura, violación, o cualesquiera actos inhumanos cometidos contra una población civil, o persecuciones por motivos políticos, raciales, o religiosos, sean o no una violación de la legislación interna del país donde hubieran sido perpetrados.
Los Estatutos de los Tribunales Internacionales para la Antigua Yugoslavia (TPIY) y Ruanda (TPIR), en sus artículos 5 y 3 respectivamente, definen los crímenes contra la humanidad como sigue: El Tribunal Internacional está habilitado para juzgar a los presuntos responsables de los siguientes crímenes cuando éstos han sido cometidos en el curso de un conflicto armado, de carácter internacional o interno, y dirigidos contra cualquier población civil:

  1. a) Asesinato;
  2. b) Exterminio;
  3. c) Esclavitud;
  4. d) Deportación;
  5. e) Encarcelamiento;
  6. f) Tortura;
  7. g) Violaciones;
  8. h) Persecuciones por motivos políticos, raciales o religiosos;
  9. i) Otros actos inhumanos.

Esta definición está basada en la primera parte del artículo 6(c) del Estatuto de Nuremberg y la misma hace referencia también a los actos de persecución que, de hecho, constituyen la segunda categoría de crímenes contra la humanidad contenida en el Estatuto del Tribunal
América Latina se ha vuelto la región del mundo con más gobiernos neoliberales y en sus modalidades más radicales. Como si ese modelo no se hubiera agotado, como si no se hubiese instalado en el centro mismo del capitalismo una profunda y prolongada crisis recesiva. Se trata de un neoliberalismo tardío. Descifrar el neoliberalismo tardío, con sus anacronismos y sus novedades, es condición indispensable para reactualizar la lucha en contra de ese modelo devastador para los derechos sociales, para la soberanía nacional y para la misma democracia. De no hacerlo, cada uno de nosotros nos ubicamos en contra de la civilización y de la humanidad.