El argumento de los consejeros es que la AGE violó la autonomía del órgano electoral
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), declaró improcedente el medio de impugnación presentado por 5 consejeros electorales, sobre la decisión del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) de reducir sus salarios hasta en un 46 por ciento.
La Sala Superior determinó el juicio ciudadano como improcedente, toda vez que los solicitantes no agotaron las “instancias previas”, es decir, debieron acudir primero ante el Tribunal Electoral del Estado (TEE).
Sin embargo, la demanda no fue desechada y contrario a ello, fue reencauzada al TEE, “por ser el órgano jurisdiccional competente para su conocimiento y resolución”.
El medio de impugnación, fue promovido el 10 de agosto por la consejera presidenta Marisela Reyes Reyes, Alma Delia Eugenio Alcaraz, Rosio Calleja Niño, Jorge Valdez Méndez y Felipe Arturo Sánchez Miranda, contra el acuerdo emitido por el Consejo General del IEPC.
La reducción salarial, fue aprobada por los propios consejeros para dar cumplimiento a una serie de observaciones que realizó la Auditoria General del Estado (AGE), derivado de una revisión a la cuenta pública del ejercicio fiscal 2015.
El órgano fiscalizador, detectó que los siete consejeros electorales, percibían un salario superior al del gobernador Héctor Astudillo Flores, lo cual, resultaba violatorio al artículo 191 constitucional, que determina que ningún servidor público recibirá una remuneración igual o mayor a la de su superior jerárquico.
Fue hasta el 21 de julio, que el pleno de ese órgano electoral aprobó un nuevo tabulador de sueldos y percepciones salariales de los consejeros, para el periodo agosto-diciembre del ejercicio fiscal 2017.
Con esos ajustes, la consejera presidenta Marisela Reyes Reyes, pasó de percibir un salario mensual de 132 mil 989 a 84 mil 900 pesos, mientras que de los consejeros electorales paso de 111 mil 037 a 84 mil pesos mensuales.
La presidenta de la Sala Superior del TEPJF, Madeline Otálora Malassis, turno el expediente a la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, en el cual, los solicitantes señalan que el acuerdo vulnera el derecho a integrar una autoridad electoral local, así como los principios de autonomía e independencia de la función electoral.
La presidenta del IEPC, Marisela Reyes Reyes ha omitido hablar del medio de impugnación que presentó ante el TEPJF, sin embargo, el secretario ejecutivo, Pedro Pablo Martínez Ortiz, confirmó el hecho el pasado miércoles.