{"id":45895,"date":"2022-05-31T21:18:26","date_gmt":"2022-06-01T02:18:26","guid":{"rendered":"https:\/\/interaccionnoticias.com.mx\/?p=45895"},"modified":"2022-05-31T21:18:32","modified_gmt":"2022-06-01T02:18:32","slug":"rechaza-el-congreso-peticion-de-presupuesto-extraordinario-para-pagar-laudos-de-9-municipios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.interaccionnoticias.com.mx\/?p=45895","title":{"rendered":"Rechaza el Congreso petici\u00f3n de presupuesto extraordinario para pagar laudos de 9 municipios"},"content":{"rendered":"\n<p><strong><em>&#8212; Tampoco pueden contratar empr\u00e9stitos ni solicitar el presupuesto autorizado para 2022<br>&#8212; Debieron tomar previsiones al presentar su presupuesto de egresos, se\u00f1alan los diputados<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Rogelio Agust\u00edn<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Congreso local declar\u00f3 improcedente la petici\u00f3n de partidas presupuestas extraordinarias, ampliaci\u00f3n de presupuesto y la autorizaci\u00f3n de empr\u00e9stitos que ser\u00edan utilizados para pagar laudos laborales en nueve ayuntamientos, cuyas finanzas se encuentran severamente comprometidas por las sentencias emitidas en las juntas de Conciliaci\u00f3n y Arbitraje.<br><br>El dictamen aprobado desde la jornada del lunes 30 de mayo, fue presentado en tribuna por el secretario de la Comisi\u00f3n de Hacienda del Congreso local, Bernardo Orteha Jim\u00e9nez, integrante de la fracci\u00f3n parlamentaria del PRD.<br><br>La petici\u00f3n hecha por los Ayuntamientos de San Marcos; Ometepec, Coyuca de Ben\u00edtez, Taxco de Alarc\u00f3n, Tetipac, Ajuchitl\u00e1n del Progreso, Chilpancingo de los Bravo, Juan R. Escudero y Teloloapan, en realidad fue revisada por las comisiones unidas de Presupuesto y Cuenta P\u00fablica junto con la de Hacienda.<br><br>En la argumentaci\u00f3n presentada por Ortega Jim\u00e9nez, ex alcalde de Quechultenango, se se\u00f1ala que el Congreso local no tiene facultades para autorizar ampliaciones presupuestales y solicitudes de partidas extraordinarias para los municipios.<br><br>Explic\u00f3 que de acuerdo con la legislaci\u00f3n vigente, los municipios tienen la facultad de formular, discutir y aprobar su Presupuesto de Egresos, lo que se se\u00f1ala claramente en las fracciones II, IV del art\u00edculo 115 de la Constituci\u00f3n General de la Rep\u00fablica.<br><br>Adem\u00e1s, record\u00f3 que en todas las Leyes de Ingresos que se aprobaron en el Congreso para el ejercicio fiscal 2022, as\u00ed como en ejercicios fiscales anteriores, en las disposiciones transitorias se incluye lo siguiente: \u201c\u2026 deber\u00e1 establecer en el Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2022, una partida presupuestal y\/o las previsiones necesarias a efecto de cumplir con las obligaciones derivadas por sentencias o laudos laborales, sin recurrir a financiamiento externo, adelanto de participaciones o alguna otra fuente externa, haci\u00e9ndose responsables de los adeudos de manera institucional.\u201d<br><br>En esta parte, consider\u00f3 importante invocar los argumentos expuestos por la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n al resolver la controversia constitucional n\u00famero 19\/2014, que fue promovida por el municipio de Para\u00edso, en el estado de Tabasco para reclamar un apoyo similar, en la que textualmente sostiene:<br>\u201cConforme a lo anterior, este Tribunal Pleno estima que la actuaci\u00f3n del Congreso local fue correcta y por ende el art\u00edculo 1\u00ba de la Ley de Ingresos del Municipio de Para\u00edso, Tabasco para el Ejercicio Fiscal del a\u00f1o dos mil catorce no resulta inconstitucional, pues en efecto, lo procedente era que el municipio actor, en ejercicio de sus facultades, presupuestara en su correspondiente presupuesto de egresos, el concepto relativo al pago de laudos condenatorios, situaci\u00f3n que de la lectura y an\u00e1lisis del Presupuesto de Egresos del Municipio de Para\u00edso, Tabasco para el Ejercicio Fiscal de dos mil catorce, no se advierte que lo haya llevado a cabo . Adem\u00e1s de que, en opini\u00f3n de este Alto Tribunal, la Ley de Ingresos aprobada y emitida por el Congreso local se encuentra debidamente fundada y motivada\u201d.<br><br>Regresando al caso de los nueve municipios de Guerrero, se insiste en que la facultad de aprobar el Proyecto de Egresos de los municipios recae en los Cabildos que integran a estos. En descargo, Ortega asegura que el Congreso ha Contribuido desde las facultades que le confiere las disposiciones en la materia, incluyendo un art\u00edculo transitorio en las Leyes de Ingresos de los Municipios del Estado de Guerrero, donde se enuncia que se tiene que contemplar una asignaci\u00f3n presupuestal para el pago de laudos y sentencias judiciales.<br><br>Respecto a las autorizaciones de empr\u00e9stitos por parte de los ayuntamientos, se asegura que ninguna re\u00fane los requisitos necesarios para su posible autorizaci\u00f3n de acuerdo a lo mandatado por la ley 616 de Deuda P\u00fablica para el Estado de Guerrero.<br><br>El dictamen se aprob\u00f3 por unanimidad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&#8212; Tampoco pueden contratar empr\u00e9stitos ni solicitar el presupuesto autorizado para 2022&#8212; Debieron tomar previsiones al presentar su presupuesto de egresos, se\u00f1alan los diputados Rogelio Agust\u00edn El Congreso local declar\u00f3&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":21,"featured_media":45896,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"fifu_image_url":"","fifu_image_alt":"","footnotes":""},"categories":[2],"tags":[],"class_list":["post-45895","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-congreso"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.interaccionnoticias.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/45895","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.interaccionnoticias.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.interaccionnoticias.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.interaccionnoticias.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/21"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.interaccionnoticias.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=45895"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.interaccionnoticias.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/45895\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":45897,"href":"https:\/\/www.interaccionnoticias.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/45895\/revisions\/45897"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.interaccionnoticias.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/45896"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.interaccionnoticias.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=45895"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.interaccionnoticias.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=45895"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.interaccionnoticias.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=45895"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}