{"id":41242,"date":"2022-02-07T21:24:43","date_gmt":"2022-02-08T03:24:43","guid":{"rendered":"https:\/\/interaccionnoticias.com.mx\/?p=41242"},"modified":"2022-02-07T21:24:48","modified_gmt":"2022-02-08T03:24:48","slug":"105-anos-de-nuestra-constitucion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.interaccionnoticias.com.mx\/?p=41242","title":{"rendered":"105 A\u00f1os de nuestra Constituci\u00f3n."},"content":{"rendered":"\n<p><strong>#TintaJur\u00eddica<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Dr. Trinidad Zamacona L\u00f3pez.\u00a0<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El pasado cinco de febrero, nuestra Constituci\u00f3n Pol\u00edtica cumpli\u00f3 105 a\u00f1os, es considerada una de las cartas magnas m\u00e1s hermosas del mundo.<\/p>\n\n\n\n<p>Solo como un dato que ha quedado para la historia en el sexenio del Presidente Enrique Pe\u00f1a Nieto, es el que m\u00e1s reformas le hizo a nuestra ley suprema, con 155 cambios al texto constitucional original.<\/p>\n\n\n\n<p>La Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de M\u00e9xico, tiene 136 art\u00edculos y nueve transitorios, y como resultado de las adiciones y modificaciones al texto constitucional realizadas en el \u00faltimo siglo, de 1917 a 2018, el tama\u00f1o de nuestra Constituci\u00f3n creci\u00f3 cinco veces, al pasar de 21,382 palabras a las 111,783 palabras que hoy la conforman (incluyendo los art\u00edculos transitorios), seg\u00fan el estudio que revel\u00f3 el Instituto Belisario Dom\u00ednguez, del Senado de la Republica.<\/p>\n\n\n\n<p>No todos los art\u00edculos de la Constituci\u00f3n del Pa\u00eds, han sufri\u00f3 reformas, pero si le dir\u00e9 que ar\u00e1bigos son los que tienen m\u00e1s modificaciones y estos han sido el 73 (facultades del Congreso), el 123 (trabajo), el 27(r\u00e9gimen de propiedad) y el 89 (facultades del Ejecutivo). Tan solo estos cuatro art\u00edculos se han modificado 144 veces, lo que representa el 20% del total de veces que se ha reformado la Constituci\u00f3n, esto tambi\u00e9n de acuerdo al estudio de dicho instituto que se dedica a observar el rumbo que ha tomado la Constituci\u00f3n de la rep\u00fablica mexicana.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Se\u00f1ala esta investigaci\u00f3n elaborada por la Direcci\u00f3n General de Difusi\u00f3n y Publicaciones del Instituto Belisario Dom\u00ednguez del Senado de la Rep\u00fablica (IBD), que el mandatario que m\u00e1s reformas le realizo fue precisamente Pe\u00f1a Nieto. A comparaci\u00f3n de la de Estados Unidos, promulgada en 1787, ha tenido solo 27 enmiendas en 231 a\u00f1os; la Constituci\u00f3n espa\u00f1ola de 1978 ha sido reformada solamente en tres ocasiones y la Constituci\u00f3n de Brasil de 1978 ha sido tocada por 70 decretos de reforma constitucional desde su publicaci\u00f3n, imag\u00ednese usted porque se ha reformado tanto en tan poco tiempo a comparaci\u00f3n de las dem\u00e1s constituciones que aqu\u00ed se mencionan.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En cada Estado del pa\u00eds existe una Constituci\u00f3n Local, obedece precisamente a la instituci\u00f3n de cada entidad federativa, pero siempre se respeta un principio que se llama supremac\u00eda constitucional, es decir ninguna ley por encima de la Constituci\u00f3n Federal.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Nuestra Ley suprema como tambi\u00e9n se le conoce, tiene estos medios de control, primeramente diremos que esta el Amparo, directo e indirecto, art\u00edculos 103 y 107 de la misma Constituci\u00f3n Federal; tenemos tambi\u00e9n la acci\u00f3n de inconstitucionalidad, y la controversia constitucional art\u00edculo 105, todos estos los sustancia la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n, los Colegiados y los Juzgados de Distrito, pero existe tambi\u00e9n el Juicio Para la Protecci\u00f3n de los Derechos Pol\u00edticos del Ciudadano, que lo resuelve generalmente el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n, mejor conocido como (TRIFE), este organismo electoral es un \u00f3rgano desconcentrado de la misma Suprema Corte de Justicia, pero tiene autonom\u00eda y patrimonio propio, por eso se le reconoce como el m\u00e1ximo \u00f3rgano en materia electoral, sus resoluciones son inatacables e inapelables. Lo encontramos en el art\u00edculo 99 de nuestra Ley fundamental.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Otro de los medios de control es el Juicio Pol\u00edtico, establecido en el ar\u00e1bigo 110 de la Constituci\u00f3n Federal de nuestro pa\u00eds, este medio de control lo tiene el Congreso de la Uni\u00f3n, las dos c\u00e1maras la de diputados y la de senadores, el juicio pol\u00edtico es un proceso judicial-legislativo que se lleva a cabo para determinar la responsabilidad de ciertos funcionarios p\u00fablicos en diferentes hechos o situaciones que hayan cometido en el ejercicio se sus funciones.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Contra quien procede seg\u00fan la Constituci\u00f3n, \u201cPodr\u00e1n ser sujetos de juicio pol\u00edtico los senadores y diputados al Congreso de la Uni\u00f3n, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de Despacho, el Fiscal General de la Rep\u00fablica, los magistrados de Circuito y jueces de Distrito, el consejero Presidente, los consejeros electorales y el secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral, los magistrados del Tribunal Electoral, los integrantes de los \u00f3rganos constitucionales aut\u00f3nomos, los directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados, empresas de participaci\u00f3n estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a \u00e9stas y fideicomisos p\u00fablicos\u201d seg\u00fan el ar\u00e1bigo en comento.<\/p>\n\n\n\n<p>Otro medio de control lo encontramos en el art\u00edculo 102 inciso B, de la Ley Suprema, y esto lo tiene asignado la Comisi\u00f3n Nacional de los Derechos Humanos, para investigar y conocer de quejas en contra de actos u omisiones de Naturaleza administrativa proveniente de cualquier Autoridad o servidor p\u00fablico, con excepci\u00f3n de los del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n, sus determinaciones no son vinculantes, ese es el grave problema con este medio de control. Desde mi punto de vista deber\u00edan de serlo, la violaci\u00f3n de los derechos humanos, son actos recurrentes en nuestro pa\u00eds, y en el estado de Guerrero se da manera frecuente.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Por ultimo diremos que el m\u00e1s reciente esta en la Ley Federal de Revocaci\u00f3n de Mandato, en su Art\u00edculo 1\u00ba que se\u00f1ala que la presente Ley es reglamentaria de la fracci\u00f3n IX del art\u00edculo 35 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de revocaci\u00f3n de mandato del titular de la Presidencia de la Rep\u00fablica, y este lo organiza el Instituto Nacional Electoral, pero solo organiza la elecci\u00f3n, la decisi\u00f3n la emite el ciudadano con su voto. Es un ejercicio democr\u00e1tico, ejerces el voto de manera, libre, secreta, directa, universal e intransferible.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Los retos que enfrenta la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, desde mi punto de vista son; primero que quien prometa cumplirla que no la viole, segundo, que no sea utilizada para revanchismos pol\u00edticos, ni para linchamiento por diferencias pol\u00edticas, tercero, que los jueces apliquen la ley o la Constituci\u00f3n con plena autonom\u00eda e independencia, sin la cr\u00edtica de ninguno de los dem\u00e1s poderes, por eso existen los medios de control que aqu\u00ed se\u00f1alamos para ser usados cuando se afecte la esfera jur\u00eddica del gobernado, cuarto, que su sistema federal sea para fortalecer a los estados miembros de la federaci\u00f3n, no para debilitarlos, quinto que su sistema anticorrupci\u00f3n se aplique a todos por igual, no importando el cargo que se tenga, sexto que el sistema de transparencia y rendici\u00f3n de cuentas sea efectivo, y por \u00faltimo que su sistema de democracia participativa no se coarte el derecho de decidir libremente, es mi sentir con respecto a un hermoso documento, nuestra Constituci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>#TintaJur\u00eddica Dr. Trinidad Zamacona L\u00f3pez.\u00a0 El pasado cinco de febrero, nuestra Constituci\u00f3n Pol\u00edtica cumpli\u00f3 105 a\u00f1os, es considerada una de las cartas magnas m\u00e1s hermosas del mundo. 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