— El órgano electoral considero que hubo violencia política en razón de género
Rosario García Orozco
Chilpancingo, Gro., 7 de abril del 2022.- El Tribunal Electoral del Estado (TEE) de Guerrero determinó sancionar al presidente municipal y a la síndica de La Unión, Crescencio Reyes Torres y a Nubia Rodríguez Guido, respectivamente, por considerar que cometieron violencia política en razón de género, y además instruyó inscribir sus nombres en el registro de antecedentes de las personas agresoras de violencia política contra las mujeres.
Durante la sesión virtual de este jueves, el pleno del TEE determinó declarar la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género, por parte de los ediles del ayuntamiento de La Unión, en la Costa Grande de Guerrero.
La magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, presentó el proyecto TEE/PES/002/2022, mismo que fue aprobado por el pleno; en el que se declaró existente el Procedimiento Especial Sancionador (PES), promovido por la regidora Yaneth Gutiérrez Izazaga.
En su momento, la edil denunció actos constitutivos de violencia política contra las mujeres en razón de género, al haberse incluido y desahogado en el orden del día de la sesión de cabildo del pasado 8 de noviembre de 2021, un asunto que tuvo como intención afectar su imagen.
Y que la intención con ello fue «menoscabar su función en el cargo, al abordar en un espacio público la vida privada de la funcionaria, con el propósito de disciplinarla política y socialmente con base en estereotipos para preservar el orden tradicional de género».
Por esa razón, el pleno determinó que en aplicación del test previsto en el Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género y en las jurisprudencias 48/2018 y 21/2018, se concluye que se reúnen los cinco elementos para calificar la conducta como generadora de violencia política en razón de género.
También se determinó, por mayoría de votos, ordenar la inscripción de la y el denunciado en el padrón de personas agresoras de violencia política contra las mujeres en razón de género, por una temporalidad de seis meses, además de una sanción consistente en multa económica, sinque en ese momento se precisara el monto.